Reclamo futuro sin evidencias

La Directiva (UE) 2024/825, conocida como Directiva EmpCo (Empowering Consumers for the Green Transition), será aplicable a partir del 27 de septiembre de 2026. Aunque tendrá especial relevancia para el turismo, no es exclusiva de este sector: afecta a las prácticas comerciales dirigidas a consumidores y también puede alcanzar a empresas de fuera de la UE que se dirijan al mercado europeo. 

Su objetivo es reforzar la protección del consumidor frente a afirmaciones ambientales engañosas y exigir mayor rigor en la forma en que las empresas presentan sus compromisos de sostenibilidad. 

Tres aspectos que conviene tener claros 

No basta con utilizar palabras como “eco”, “verde” o “sostenible”. Las afirmaciones ambientales genéricas deberán poder demostrarse y estar adecuadamente documentadas. La norma también contempla imágenes, símbolos, nombres o elementos gráficos que sugieran que un producto o servicio tiene un impacto positivo, reducido o nulo sobre el medio ambiente. 

No cualquier sello o etiqueta ambiental será válido. Los distintivos de sostenibilidad deberán basarse en sistemas de certificación o estar establecidos por autoridades públicas, con requisitos públicos y procedimientos de control objetivos e independientes. Esto pone en valor el trabajo de las empresas que han apostado por procesos reales de evaluación, seguimiento y mejora. 

Especial atención a las afirmaciones de neutralidad climática. La Directiva prohíbe afirmar, basándose en la compensación de emisiones, que un producto o servicio tiene un impacto neutro, reducido o positivo sobre el medio ambiente. 

Las consecuencias pueden ser relevantes. En determinados supuestos de infracciones generalizadas o de dimensión europea, el marco establece que los Estados miembros deben contemplar multas de hasta, al menos, el 4 % del volumen de negocio anual del comerciante en los Estados miembros afectados, según la normativa nacional aplicable. 

¿Qué deberías revisar en tu empresa? 

La pregunta esencial es: “¿qué estamos diciendo al consumidor y podemos demostrarlo?” 

Conviene revisar la web, las redes sociales, los folletos, las campañas, las newsletters y cualquier otro canal comercial: 

  • ¿Qué afirmaciones ambientales utilizamos? 
  • ¿Qué evidencias tenemos para respaldarlas? 
  • ¿Qué sellos o etiquetas mostramos y quién los certifica? 
  • ¿Estamos comunicando objetivos futuros como si fueran resultados? 
  • ¿Nuestras imágenes o elementos gráficos transmiten mensajes ambientales que no podemos demostrar? 
  • ¿Contamos con una estrategia estructurada, con objetivos, acciones, indicadores y evidencias? 


Una oportunidad para poner orden

El 27 de septiembre no debería ser el momento de empezar a revisar, sino la fecha para llegar con los deberes hechos.

Para las empresas que todavía no cuentan con una estrategia estructurada, EmpCo puede ser una oportunidad para definir objetivos, responsables, acciones e indicadores. Para aquellas que ya trabajan seriamente en sostenibilidad, puede convertirse en una ventaja competitiva.

La sostenibilidad ambiental no debería ser un reclamo añadido a la estrategia comercial, sino formar parte de la propia estrategia de empresa.

Revisar nuestros mensajes, ordenar nuestros compromisos y asegurarnos de que lo que comunicamos refleja realmente lo que hacemos es la mejor preparación ante este nuevo escenario.
 

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